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Un nuevo escenario de organización de enseñanzas universitarias regulado por un nuevo decreto. ¿Qué cambios provoca a nivel de másteres universitarios? 

  14/03/2022 08:30 Opinión


El pasado 28 de septiembre del 2021 se aprobó el Real Decreto (RD) 822/2021 por el que se establece un nuevo escenario para la organización de las enseñanzas universitarias. El sistema universitario español, hace ya más de una década, emprendió una reforma de su oferta formativa, y de la organización de la misma, al adoptar los principios que constituían la esencia del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), tanto a nivel de grado, master y doctorado. Dichos cambios en la actividad universitaria se han ido produciendo en medio de importantes transformaciones de las estructuras económicas, sociales, políticas y culturales y que han tenido como gran vehículo la revolución tecnológica que ha traído la innovación de los sistemas de información y comunicación a través de su digitalización. Estos procesos complejos han acabado afectando directa e indirectamente al mundo universitario –abriendo oportunidades, como también generando nuevas problemáticas o agudizando algunas preexistentes–. El RD considera que de este contexto nace la necesidad de redefinir la organización y las estructuras de las enseñanzas universitarias oficiales. Es importante empezar diciendo que los cambios del nuevo RD no afectan a los objetivos formales de cada uno de los ciclos y que se mantiene el sistema de registro de títulos. Centrándonos a nivel de máster, el nuevo RD sigue diferenciando entre máster universitario y máster propio, aunque en dicho documento aparece por primera vez una regulación de los estudios propios en el ámbito de la formación permanente. Cabe recordar al lector que, en España, en el ámbito de la Economía del Deporte -en sentido amplio- existen aproximadamente 25 másteres universitarios en este ámbito de estudio, mientras que existen cientos cursos de formación permanente, entre ellos múltiples másteres universitarios propios. La diferencia entre las dos tipologías de estudios todavía no es clara en la sociedad, sin embargo, el RD aclara nuevas denominaciones. El resultado de hacer una búsqueda en internet con las palabras clave “master+sport+management+España” es de siete millones de entradas. Mientras que si se realiza la búsqueda de “master+universitario+sport+management+España” las entradas suben a más de dieciséis millones. Analizando dichas entradas, se pueden encontrar másteres universitarios, másteres propios, cursos no universitarios, de todo tipo de modalidad, precio, profesorado, duración y titulación. Provocando un ruido social difícil de explicar desde el ámbito universitario. Pero, vamos a analizar las novedades del nuevo RD. La primera gran novedad es que todos los títulos universitarios oficiales de máster deberán adscribirse, en vez de a una de las cinco ramas de conocimiento, a uno de los 32 ámbitos que se relacionan en el anexo I del propio RD. Un segundo aspecto es el tema de la presencialidad, aspecto muy demandado después de la pandemia que hemos vivido o estamos viviendo. Se introducen tres modalidades de estudios: la modalidad presencial (dónde el 100% de créditos son presenciales), la modalidad híbrida o semipresencial (dónde el 40% y el 60% de los créditos serán no presenciales) y virtual o no presencial (donde más del 80% de créditos no presenciales). El texto no contempla, por consiguiente, estudios en que el tanto por ciento de créditos no presenciales sea inferior a 40 o comprendido estrictamente entre 60 y 80. Siguiendo con las novedades, los másteres universitarios deberán contar con 60, 90 o 120 ECTS (hasta ahora, cualquier valor entre 60 y 120). Además, podrán tener especialidades, como hasta ahora. Sin embargo, el RD incluye la novedad de limitar el número de créditos que configuran la especialidad al 50 % del total. Asimismo, los créditos correspondientes a prácticas externas curriculares no pueden superar la tercera parte del total (hasta ahora no se especificaba límite). Por último, se relajan los requisitos de acceso. Las universidades podrán aprobar normativas específicas para que pueda acceder a un máster universitario estudiantes de grado al que le resten por superar el TFG y como máximo 9 créditos. Sin embargo, la gran novedad es que el RD establece por primera vez una regulación básica de los Estudios Propios insertos en el ámbito de la formación permanente, es decir los másteres propios. En los artículos 36 y 37 se despliegan todas las especificaciones relativas a lo que ahora deberemos denominar Formación Permanente. Según el RD, “este tipo de enseñanzas podrá ser impartida por centros o institutos de formación permanente, fundaciones universitarias, facultades o escuelas sean propias o adscritas, así como institutos de investigación, a partir de los establecido en los respectivos Estatutos o Normas de organización y funcionamiento de la universidad.” Deberán diferenciarse las enseñanzas que requieran titulación universitaria previa de las que no la requieran. Se requieren titulación universitaria previa:
  • Máster de Formación Permanente (60, 90 y 120 créditos ECTS),
  • Diploma de Especialización (entre 30 y 59 créditos) y
  • Diploma de Experto (hasta 29 créditos).
  • Microcredenciales o micromódulos (enseñanzas propias de menos de 15 ECTS)
No requieren titulación universitaria previa:
  • Certificado con la denominación del curso respectivo (con una carga máxima de 30 créditos ECTS).
  • Microcredenciales o micromódulos (enseñanzas propias de menos de 15 ECTS)
Cada universidad podrá utilizar otras denominaciones para sus títulos de formación permanente, exceptuando el caso del Máster de Formación Permanente que siempre tendrá esta denominación. El contexto universitario considera igual de importante y primordial la existencia de las dos tipologías de másteres. Es revelador el hecho de que el RD obligue a utilizar la misma nomenclatura a todos los másteres propios con el objetivo de disminuir el ruido social en este tema y dar una credibilidad al sector de la educación en economía del deporte. Para concluir, la aprobación del RD 822/2021 incorpora cambios que no afectan a los objetivos formales de cada uno de los ciclos y mantiene el sistema de registro de títulos. Sin embargo, actualiza el sistema universitario incorporando títulos duales y grados con itinerarios abiertos; adapta la universidad a las diferentes modalidades de estudio; a nivel de máster relaja los requisitos de entrada de los estudiantes y establece por primera vez una “regulación básica” de los títulos propios insertos en el ámbito de la formación permanente. Aunque, la gran pregunta que hay en el trasfondo es si serán suficientes cambios para actualizar la universidad a los cambios del entorno. El tiempo lo dirá.   Pilar Aparicio-Chueca Departamento de Empresa. Universidad de Barcelona Coordinadora del master universitario en Dirección de Empresas del Deporte
 

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